← Blog CBYG
Blog CBYG · Actualizado 2026-08-19

Ley 21.442: guía completa para comités de administración (2026)

Checklist gratis · Ley 21.442

Descarga el checklist de las 7 señales de la Ley 21.442

La guía de la Ley 21.442 en PDF, lista para revisar tu condominio en 5 minutos: rendición mensual, asambleas, Registro MINVU, morosidad y plan de emergencia.

+56 9

Te mandamos el PDF por WhatsApp junto a tu diagnóstico gratuito (30 min, sin compromiso).

¿Qué regula la Ley 21.442?

La Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria reemplazó a la antigua Ley 19.537 y rige la convivencia, administración y finanzas de los condominios chilenos desde su publicación. Su reglamento entró en vigor el 9 de enero de 2025 y la obligatoriedad del Registro Nacional de Administradores se aplica desde el 26 de septiembre de 2025.

Registro Nacional de Administradores del MINVU

Desde 2025 es obligatorio que todo administrador de condominios esté inscrito en el Registro Nacional de Administradores de Condominios que lleva el MINVU. El trámite es gratuito, se hace en línea con Clave Única y la inscripción debe mantenerse actualizada (renovación anual). Un administrador no inscrito no puede representar legalmente a la comunidad.

Cómo afecta a los reglamentos de copropiedad

Con la entrada en vigencia del reglamento de la ley (Circular N°13 del MINVU), los reglamentos redactados bajo la Ley 19.537 no se extinguen, pero pierden vigencia todas las cláusulas contrarias a la nueva ley. Los comités deben 'adecuar' sus reglamentos antes del plazo definido, tramitando la actualización ante notaría.

Reglas clave sobre mascotas

El artículo 8 de la Ley 21.442 prohíbe expresamente que los reglamentos impidan la tenencia de mascotas dentro de las unidades. Lo que sí se puede regular son uso de correa en áreas comunes, ruidos molestos y condiciones de higiene.

Cobranza de gastos comunes

La ley entrega herramientas claras de cobranza: el artículo 20, número 9, permite el corte de suministros tras tres o más cuotas adeudadas, con acuerdo del comité, y el artículo 36 regula los intereses y reajustes. Una cobranza profesional y documentada protege a quienes pagan al día y sostiene las finanzas del condominio.

Por qué delegar en un administrador profesional

Mantener el registro al día, actualizar reglamentos, organizar asambleas formales, ejecutar cobranza y rendir cuentas con cartola conciliada exige dedicación permanente. Un administrador inscrito en el MINVU, como CBYG, se hace cargo de todo y mantiene a la comunidad 100% conforme a ley.

¿Tu condominio necesita una administración profesional?

Diagnóstico gratuito y sin compromiso en la V Región.

Cotizar por WhatsApp
💬
© 2026 CBYG Soluciones Integrales SpA · cbyg.cl · Ley 21.442 · Desarrollado por DevCBIG